--
Búsqueda personalizada

Medidas preventivas decretó gobierno de girón

DECRETO Nº. 085 del 20 de Junio de 2014 

POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS TENDIENTES A PRESERVAR EL ORDEN PÚBLICO CON OCASIÓN  DE LA CELEBRACIÓN  DEL PARTIDO DE LA SELECCIÓN COLOMBIA EL DÍA 24 DE JUNIO DE 2014  Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”


El Alcalde de San Juan Girón (Santander),

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 2 del artículo 315 de la Constitución Política, artículos 35 y 38 numeral 2° del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 91 de la Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 de la ley 1551, Ley 769 de 2002, en concordancia con el los Códigos Nacionales  de Policía, y 

CONSIDERANDO 

1.    Que el artículo 78 de la Constitución Nacional, establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.

2.    Que el artículo 82.  Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.

3.    Que el artículo 315 de la Constitución Nacional establece que el Alcalde Municipal es la Primera Autoridad de Policía del Municipio y es su deber hacer cumplir la Constitución y la ley.

4.    Que el artículo 1 de la ley 136 de 1994, estipula que el Municipio tiene como finalidad el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población de su respectivo territorio. 
5.    Que la Ley 9 de 1979 preceptúa que la salud es un bien de interés público que constituye un derecho fundamental conexo a la vida, lo que es relevante en el desarrollo de los seres humanos….--  HAY MAS CONSIDERANDO…………….G

                                                        DECRETA 

ARTICULO PRIMERO: ADÓPTENSE medidas preventivas a fin de preservar el orden público, la movilidad, seguridad, el goce y disfrute del espacio público y la salubridad pública, con ocasión de LA CELEBRACIÓN  DEL PARTIDO DE LA SELECCIÓN COLOMBIA EL DÍA 24 DE JUNIO DE 2014.

ARTÍCULO SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior medida PROHÍBASE  A TODOS LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN GIRON, arrojar maizena, harina, agua, espuma, aerosol u otras sustancias que atenten contra la salud, integridad y el respeto de las personas, con ocasión de la celebración de la Selección Colombia el día 24 de Junio de 2014.

ARTÍCULO TERCERO: Se prohíbe el tránsito de motocicletas con parrillero dentro del perímetro urbano del municipio, el día 24 de Junio de 2014 desde de las 3:00 p.m. hasta las 11:00 p.m. del mismo día.

ARTÍCULO CUARTO: Prohíbase el consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en las vías públicas, andenes y espacio público, en todo el territorio del municipio de Girón, durante el periodo comprendido del 24 de junio de 2014, a partir de las 10:00 am hasta las 12:00 a.m.

ARTÍCULO QUINTO: DELEGAR a la Policía Nacional a través del Comandante de Estación de Policía de Girón, el cumplimiento de estas disposiciones, para tal efecto contara con el apoyo de la Secretaria de Gobierno, Secretaria Local Salud, Secretaria de Transito y Transporte para lo cual tendrá la facultad  de tomar las medidas necesarias para garantizarlo.

ARTICULO SEXTO: Envíese copia del presente Decreto a las Secretarías de: Gobierno Municipal, Tránsito y Transporte, Salud, al Ejército Nacional, Estación de Policía de Girón, para  lo de su competencia, autoridades que velarán por el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Decreto.

ARTICULO SEPTIMO: El presente Decreto rige a partir de su expedición. 

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE 

HECTOR JOSUE QUINTERO JAIMES
Alcalde Municipal 

Revisó Samuel Andrés Villamizar Bernal - Secretario de Gobierno
Revisó: Liliana María Carrillo Gallego – Secretaria de Transito y Transporte 

Reviso: Ángela Paola Andrea Luna contreras - Jefe Oficina Asesora Jurídica

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Aporte cultura en sus comentarios. Cualquier abuso detectaremos su IP

LinkWithin

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...