DECRETO Nº. 085 del 20 de Junio de 2014
“POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS TENDIENTES A
PRESERVAR EL ORDEN PÚBLICO CON OCASIÓN
DE LA CELEBRACIÓN DEL PARTIDO DE
LA SELECCIÓN COLOMBIA EL DÍA 24 DE JUNIO DE 2014 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
El Alcalde de San Juan Girón (Santander),
En
ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los
numerales 1 y 2 del artículo 315 de la Constitución Política, artículos 35 y 38
numeral 2° del Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 91 de la Ley 136 de 1994
modificado por el artículo 29 de la ley 1551, Ley 769 de 2002, en concordancia
con el los Códigos Nacionales de
Policía, y
CONSIDERANDO
1.
Que el
artículo 78 de la Constitución Nacional, establece que todas las personas
tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
2.
Que
el artículo 82. Es deber del Estado velar
por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al
uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.
3.
Que el
artículo 315 de la Constitución Nacional establece que el Alcalde Municipal es
la Primera Autoridad de Policía del Municipio y es su deber hacer cumplir la
Constitución y la ley.
4. Que el artículo 1 de la ley 136 de 1994, estipula
que el Municipio tiene como finalidad el bienestar general y el mejoramiento de
la calidad de vida de la población de su respectivo territorio.
5.
Que la
Ley 9 de 1979 preceptúa que la salud es un bien de interés público que
constituye un derecho fundamental conexo a la vida, lo que es relevante en el desarrollo
de los seres humanos….-- HAY MAS
CONSIDERANDO…………….G
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: ADÓPTENSE medidas preventivas a fin de
preservar el orden público, la movilidad, seguridad, el goce y disfrute del
espacio público y la salubridad pública, con ocasión de LA CELEBRACIÓN DEL PARTIDO DE
LA SELECCIÓN COLOMBIA EL DÍA 24 DE JUNIO DE 2014.
ARTÍCULO SEGUNDO:
Como consecuencia de la anterior medida PROHÍBASE A
TODOS LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN GIRON, arrojar maizena, harina,
agua, espuma, aerosol u otras sustancias que atenten contra la salud,
integridad y el respeto de las personas, con ocasión de la celebración de la
Selección Colombia el día 24 de Junio de 2014.
ARTÍCULO TERCERO: Se
prohíbe el tránsito de motocicletas con parrillero dentro del perímetro urbano
del municipio, el día 24 de Junio de 2014 desde de las 3:00 p.m. hasta las
11:00 p.m. del mismo día.
ARTÍCULO CUARTO: Prohíbase el consumo de bebidas
alcohólicas y/o embriagantes en las vías públicas, andenes y espacio público,
en todo el territorio del municipio de Girón, durante el periodo comprendido
del 24 de junio de 2014, a partir de las 10:00 am hasta las 12:00 a.m.
ARTÍCULO QUINTO: DELEGAR a la Policía Nacional a través del Comandante de Estación de Policía de
Girón, el cumplimiento de estas disposiciones, para tal efecto contara con el
apoyo de la Secretaria de Gobierno, Secretaria Local Salud, Secretaria de
Transito y Transporte para lo cual tendrá la facultad de tomar las medidas necesarias para
garantizarlo.
ARTICULO SEXTO: Envíese
copia del presente Decreto a las Secretarías de: Gobierno Municipal, Tránsito y
Transporte, Salud, al Ejército Nacional, Estación de Policía de Girón, para lo de su competencia, autoridades que velarán
por el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en este Decreto.
ARTICULO SEPTIMO: El
presente Decreto rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE
HECTOR JOSUE QUINTERO JAIMES
Alcalde Municipal
Revisó Samuel Andrés Villamizar Bernal
- Secretario de Gobierno
Revisó: Liliana María Carrillo Gallego
– Secretaria de Transito y Transporte
Reviso: Ángela Paola Andrea Luna contreras - Jefe Oficina Asesora Jurídica
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