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Solución a problema de relleno sanitario ofrece la Cdmb

Ratificando su buena disposición para encontrar soluciones al grave problema de las basuras y la concreción de un sitio adecuado para la disposición final de los residuos sólidos, la CDMB lideró junto al Gobernador de Santander y los cuatro alcaldes de los municipios del Área Metropolitana, la visita a los dos de los lugares donde se ha previsto la construcción de un relleno sanitario que reemplace al Carrasco.
La comisión de la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga, estuvo encabezada por la Directora Elvia Hercilia Páez Gómez, el Subdirector de Evaluación y Control Ambiental, Marco Alirio Duarte Olarte y el asesor jurídico Ludwing Mantilla Castro.
En el terreno y delante de cientos de ciudadanos y funcionarios del orden nacional, departamental y local, la CDMB, a través de su vocero oficial, el Subdirector Duarte Olarte; hizo una descripción eminentemente técnica y una explicación sustentada en lo ambiental y lo legal.

IMG_2179 El funcionario sostuvo que más allá de la buena disposición de la entidad ambiental para encontrar una salida viable y apropiada al tema del sitio para la construcción del relleno sanitario, se debe tener en cuenta la normatividad sobre licencias ambientales que está contemplada en el decreto 2820 de 2010 que modificó el decreto 1220 de 2005.
Duarte Olarte recordó que para rellenos sanitarios se tienen previsto unos requisitos previos que deben cumplirse a cabalidad:
1.     Estudio de selección de alternativas que deben ceñirse al PGIRS (que para el caso de la AMB fue realizado por la UIS en el 2003) y este estudio definió cinco sitios: Chocoa,  Peñas, Monterredondo, El Carrasco, Ruitoque Bajo.
1.     Además de la selección de alternativas se debe incorporar ese sitio al Plan de Ordenamiento Territorial del respectivo municipio. Y en los casos de Chocoa en Girón y  Monterredondo en Piedecuesta este proceso de surtió.
2.     Con base en ello la empresa interesada desarrolla el Estudio de Impacto Ambiental en los cuales se consideran  los aspectos físicos, bióticos, hidrológicos y geológicos de flora y fauna susceptibles de amenaza que pueden haber en el territorio y con base en ello la Autoridad entra a evaluar  para dar concepto técnico y determinar la viabilidad al trámite de la licencia ambiental.
IMG_2215El subdirector Marco Alirio Duarte Olarte dijo que para el caso de Chocoa y Monterredondo con pretensión de desarrollar los rellenos sanitarios para la disposición de residuos sólidos, la CDMB, les otorgó mediante resolución la Licencia Ambiental, que es uno de los pasos que se agotan para poder tener en la práctica un relleno sanitario funcionando.
“A partir de este momento, las entidades públicas o las empresas privadas proponentes o con pretensión de desarrollar esta clase de proyectos, deben iniciar el trámite de licencias y permisos en los respectivos municipios para poder construir”, agregó.
Pero aclaró que: “Otorgar la licencia ambiental significa que hay viabilidad para construir, pero a partir de ese momento la CDMB hace seguimiento de la obras por las posibles afectaciones a los recursos naturales, siendo consciente que todo proceso genera afectaciones al agua, al aire o al suelo”.
IMG_2210Enseguida fue enfático al señalar que la CDMB, como autoridad ambiental debe preocuparse porque haya precaución en el sentido de que esas afectaciones sean compensadas, mitigadas o resarcidas.
Y manifestó que en un estado social de derecho como el colombiano, la autoridad ambiental tiene competencias y responsabilidades, de tal manera que cuando por petición de interesados se han cumplidos los requisitos, se le debe dar trámite y dar concepto sobre sí otorga o se rechaza la solicitud, teniendo muy en cuenta aspectos tales como:
Ø Sí hay fuentes hídricas se contempla su tratamiento adecuado
Ø Sí hay fallas geológicas los sitios de disposición final no pueden quedar a menos de 60 metros.
Ø No pueden construirse dentro del cono de aproximación de 13 kilómetros de un terminal aéreo.
Ø En el área de influencia directa no deben existir construcciones o asentamientos humanos a menos de un kilómetro.
Fuente: Oficina de Cultura Ambiental- CDMB

1 comentario:

  1. aburridoooooo sean ms espesificos¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡

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